
El gobierno de República Dominicana ha estimado que la aplicación de exenciones, beneficios fiscales y otras medidas fiscales en 2024 resultará en una pérdida fiscal de aproximadamente RD$340,890.9 millones. Esto se conoce como «gasto tributario» en términos presupuestarios y equivale al 4,6% del PIB proyectado para 2024. El gasto tributario se define como los ingresos a los que el fisco renuncia al otorgar un tratamiento fiscal preferencial que se desvía de la legislación fiscal establecida para beneficiar a sectores específicos. , áreas geográficas, actividades o contribuyentes.
Una parte importante de este gasto tributario, alrededor del 53.06% (equivalente a RD$180,873.99 millones), se atribuye a bienes y servicios exentos del Impuesto a las Transferencias de Bienes y Servicios Industrializados (ITBIS), lo que representa el 2.48% del PIB estimado. El gasto tributario se divide en un 68,9% para impuestos indirectos y un 31,13% para impuestos directos.
La mayor parte del gasto tributario estimado (89,5%) proviene de exenciones aplicadas a los impuestos recaudados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y el 10,5% restante recaudado por la Dirección General de Aduanas (DGA). Estos cambios en el aporte de la DGA al gasto tributario se deben a reclasificaciones de bienes importados relacionados con empresas de zonas francas y al principio de extraterritorialidad.
Se espera que el gasto tributario aumente un 4,7% en 2024 en comparación con la cifra reestimada para 2023. Las principales categorías afectadas incluyen exenciones generalizadas del ITBIS, impuesto a la renta, impuestos al patrimonio, impuestos a los hidrocarburos y aranceles aduaneros, con aumentos leves a moderados. en la mayoría de las áreas. Se espera una importante caída del 23,6% en la categoría Uso de Bienes y Licencias.
El análisis también destaca que el gasto tributario se concentra en sectores específicos, incluyendo exenciones generalizadas del ITBIS para personas físicas, zonas francas industriales, salud, educación, generación eléctrica y turismo.
La metodología de cálculo del gasto tributario del ITBIS incluye exenciones generalizadas, exenciones específicas otorgadas por leyes especiales o regímenes de incentivos y diferimientos en el sector textil y calzado. El gasto tributario del impuesto sobre la renta de las personas físicas se genera en gran medida por la exención del salario de Navidad.