La Fiscalía de Santo Domingo Este y Norte ha asegurado una condena de 10 años de prisión para un hombre que hostigó, agredió físicamente y maltrató verbalmente a su expareja, quien también es madre de sus dos hijos. El hecho ocurrió en 2022 en Boca Chica.

El individuo, identificado como Eduard Arturo Martínez y/o Edward Arturo Contreras Martínez, de 49 años de edad, recibió sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del distrito. El tribunal, presidido por la jueza Josefina Ubiera Guerrero e integrado por los jueces Yury Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez, lo declaró culpable de los cargos.

Contreras Martínez ha sido enviado a la Penitenciaría Nacional La Victoria para cumplir su pena de prisión. Además, se le ha ordenado pagar un millón de pesos como indemnización a la víctima, cuyo nombre se mantiene bajo reserva para proteger su identidad.

La investigación, a cargo de la fiscal Mariana Álvarez, reveló que el 29 de marzo de 2022 la mujer denunció el caso ante el Ministerio Público. Dijo que había terminado su relación con Contreras Martínez hace tres años y compartían la custodia de sus dos hijos. La mujer explicó que decidió terminar la relación debido al constante maltrato físico, verbal y psicológico. Tras dejar su casa de ella, enfrentó un continuo acoso por parte de su expareja de ella, quien intentaba obligarla a reconciliarse.

El Ministerio Público presentó diversas pruebas para establecer la responsabilidad penal del imputado, por lo que el tribunal decidió condenarlo.

Durante el juicio, el Ministerio Público, representado por el fiscal investigador Felipe A. Cuevas Féliz, aportó pruebas que demuestran que el imputado violó los artículos 309-02 y 309-3 del Código Penal dominicano. Estos artículos tipifican como violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, pública o privada, que cause daño físico, sexual o psíquico a la mujer por razón de su género. La ley incluye el uso de la fuerza física, la violencia psicológica, el abuso verbal, la intimidación o el acecho. El artículo 309-3 se refiere específicamente a la violencia de género y doméstica y ha sido modificado por la Ley 24-97.