Si los familiares no se presentan en un plazo de seis horas, es posible tomar órganos y tejidos de los fallecidos.
Si una persona fallecida no ha expresado su oposición, se pueden extraer órganos y otras partes del cuerpo con fines científicos o terapéuticos. Si no hay objeción, se consultará a los disponentes secundarios (familiares) y se documentará por escrito su aprobación. Si se diagnostica muerte cerebral y los familiares no están presentes después de seis horas, se podrá proceder a la extracción de órganos con la autorización del Ministerio Público.
El senador Iván Silva introdujo un proyecto de ley en el Senado para regular la donación, extracción, conservación e intercambio de órganos y tejidos humanos. La legislación también permite la extracción de tejidos si los familiares no están presentes después de seis horas de la muerte de alguien. Si una persona expresa su conformidad u oposición a la extracción de órganos en caso de muerte, se debe registrar en la ficha de ingreso al centro de salud.
Si se trata de menores de edad o pacientes con discapacidad intelectual, la posición debe ser registrada por quienes tienen la patria potestad, tutela o representación legal.
Muertes causadas por incidentes violentos
Podrán ser considerados donantes las personas que aparenten estar sanas pero fallezcan a causa de hechos violentos o de sus posteriores complicaciones, siempre que el causante no haya manifestado objeción alguna y se sigan las normas establecidas en el artículo 13. Además, se requiere la aprobación del médico forense o perito forense correspondiente, quien debe asegurarse de que la extracción del órgano no interfiera con la investigación y que se expliquen justificadamente las causas de la muerte.
Donación de personas vivas
El trasplante de órganos, tejidos o células de un donante vivo a otra persona puede ocurrir si el donante es mayor de edad, mentalmente competente y físicamente apto para la extracción, según se establece en el artículo 11 de esta legislación. Además, el donante debe ser plenamente consciente de las consecuencias, los procedimientos de extracción y los riesgos potenciales, y debe dar su consentimiento por escrito, voluntario y sin presiones.
Además, en los casos en que las partes, órganos, tejidos o células extraídos estén destinados a un familiar específico cuya calidad de vida pueda mejorar significativamente y la donante potencial no esté embarazada, se podrá proceder al trasplante.
Es crucial tener en cuenta que solo se puede extraer «uno de los dos órganos o tejidos emparejados» que se pueden extraer de manera segura sin ningún riesgo predecible de causar una discapacidad permanente, la muerte o una reducción sustancial de la calidad de vida.