El Ministerio de la Función Pública (MAP) emitió la Resolución N° 439-2023, mediante la cual se establecen lineamientos para la creación, actualización, administración, publicación y uso del Inventario de procedimientos y servicios administrativos.

Se instruye a las entidades de la Administración Pública a mantener registros actualizados de procedimientos y servicios, incluyendo información sobre descripción, objetivo, público objetivo, base regulatoria, requisitos, documentos, costo, canales de entrega, trámites, tiempo de respuesta y vigencia. Ninguna entidad puede exigir requisitos o tarifas no registradas en el inventario, debiendo atender las solicitudes de los usuarios según el catálogo publicado. Las instituciones deben garantizar la coherencia en los requisitos, costos, procedimientos y tiempos de respuesta de sus servicios.

El catálogo de servicios estará disponible en el portal del Estado y los usuarios podrán expresar quejas o sugerencias a través de diversos canales. El MAP es responsable de revisar, validar y aprobar la información sobre procedimientos y servicios antes del registro y publicación.